En el empeño del directorio del Comité Olímpico Ecuatoriano (COE), elegido el pasado 5 de mayo 2025, de que el Estado ecuatoriano lo reconozca y poder activar de forma legal en el país, el organismo presidido por Jorge Delgado y Jefferson Pérez ha realizado varias maniobras jurídicas buscando que la justicia ordinaria ordene el reconocimiento por parte del ministerio sectorial y su viceministerio del Deporte, dirigido por Roberto Ibáñez.
Ante los tribunales de justicia, el COE a través de su presidente (Jorge Delgado) y su secretario (John Zambrano Haboud) presentaron Amparos de Protección para que se registre su directorio; la misma vía jurídica utilizó el tesorero (Fernando Ibáñez) y luego de los alegatos en los tres trámites, la justicia ratificó la decisión del Estado que mantiene su posición de que no se puede registrar un directorio donde dos de sus integrantes (Delgado y Zambrano) van por su cuarto y tercer periodo, respectivamente, cuando la Ley del Deporte y el pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado permite y habilita a un dirigente para que pueda ser elegido para dos periodos consecutivos, debiendo dejar pasar un periodo para aspirar a una nueva candidatura o designación como dirigente de cualquier organismo deportivo en el Ecuador.
La justicia ordinaria ha sido uno de los escenarios donde COE y Viceministerio del Deporte se han enfrentado, siendo la representación estatal la que ha salido vencedora porque las sentencias han ratificado que la posición del Estado de no reconocer al actual directorio del COE, es correcta.
Pero el COE no solo ha tenido al Viceministerio del Deporte como su contrincante en los tribunales, sino también a la Federación Deportiva del Guayas, cuyo presidente Roberto Ibáñez pidió licencia para cumplir sus funciones como viceministro del Deporte, ya que la entidad provincial dio por terminado el Comodato que permitía al COE administrar los coliseos de judo, patinaje y pesas, así como las oficinas administrativas donde funcionas varias nacionales por deporte. En tres audiencias, por sentencias y apelaciones, Fedeguayas también recibió un dictamen favorable.
Suspensión de las ecuatorianas de judo y patinaje
Salta a la vista que las derrotas en los tribunales de justicia, no ha dejado tranquila a la dirigencia del COE y han buscado ‘afectar’ a dirigentes identificados con Roberto Ibáñez, y por esa razón han aplicado sus estatutos, desconociendo, primero, a la Federación Ecuatoriana de Hockey sobre Césped, presidida por Andrea Sotomayor, con el argumento de que no tiene actividad, y recientemente amparados en el Art. 11, literal b de sus Estatutos, inhabilitaron a las ecuatorianas de patinaje, presidida por Marisol Castro y Judo, dirigida por Israel Verdugo.
En la parte pertinente de la resolución de suspensión a ambas ecuatorianas por deporte, se señala que el Comité Olímpico Ecuatoriano tiene como finalidad cumplir y hacer cumplir las Normas de la Carta Olímpica, así como las decisiones del COI y que la decisión de la Asamblea de elecciones del COE del 5 de mayo de 2025 definió como ganador al Capitán Jorge Delgado Panchana y su lista para conformar el Comité Ejecutivo de este organismo por el período de 2025 a 2029.


Según el Estatuto del COE en su artículo 23, literal g, indica que «Cualquier decisión de la Asamblea General del COE, en los subsiguientes 21 días puede ser sometida, exclusivamente en vía de apelación, por consenso de las partes interesadas al conocimiento de la Corte de Arbitraje Deportivo en Lausana, Suiza, la que resolverá la disputa de forma definitiva…»;
Acota que en comunicación del 25 de julio de 2025, el COI dispuso reconocer el directorio electo para el período 2025 a 2029 y que la Federación Ecuatoriana de Judo y la Federación Ecuatoriana de Patinaje, a través de sus presidentes, en repetidas ocasiones han desconocido lo decidido por la Asamblea, máximo organismo del COE, contraviniendo además la disposición del COI de reconocer al Capitán Jorge Delgado Panchana como ‘legítimo presidente del COE para el período 2025 a 2029’.
Añade que el13 de marzo del 2026, el Comité Ejecutivo del COE resolvió iniciar un proceso disciplinario a ambas ecuatorianas (judo y patinaje) y que la apertura del proceso disciplinario, en lugar de ser aprovechado para entregar las pruebas de descargo y hacer uso de su legítimo y garantizado derecho a la defensa, generó una nueva respuesta en términos impropios en contra del presidente del Comité Olímpico Ecuatoriano capitán Jorge Delgado Panchana.
Con los antecedentes detallados, el COE resolvió:
Art. 1.- Rechazar los términos de la carta firmada por los presidentes de las Federaciones de Patinaje y Judo, Fanny Castro Aráuz y Flavio Verdugo Ormaza, respectivamente
Art. 2.- Dictar la sanción de suspensión de acuerdo al literal b del artículo 11 del Estatuto del Comité Olímpico Ecuatoriano a las Federaciones Ecuatorianas de Patinaje y Judo
Art. 3.- Reportar la sanción en la siguiente Asamblea General del Comité Olímpico Ecuatoriano para su conocimiento
Art. 4.- Informar de esta resolución de sanción a los organismos internacionales pertinentes.
Firman Jorge Delgado Panchana, como presidente, y John Zambrano Haboud, en calidad de secretario (D)